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Hace pocos días, hemos conocido la publicación por parte de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) de la Guía de interpretación SANDACH generados en establecimientos alimentarios.

La Guía es una herramienta informativa en la que se detalla todo lo necesario para la aplicación de la disposiciones indicadas en la normativa comunitaria y nacional  relacionada con los Subproductos de Origen Animal No Destinados al Consumo Humano (SANDACH) y va dirigida a las autoridades competentes en esta materia, a las organización alimentarias y al sector de los subproductos de origen animal. A la misma vez será un documento de evolución ya que se irá actualizando conforme se vayan teniendo informaciones y experiencias por parte de las autoridades competentes y del sector o bien se vayan produciendo actualizaciones legislativas o emitiendo informes por parte de la Comisión Europea y de la Oficina Alimentaria y Veterinaria.

Los SANDACH normalmente son generados tras el sacrificio de animales destinados al consumo humano, durante la elaboración de productos de origen animal como son los lácteos, durante la eliminación de animales muertos o bien por la aplicación de medidas de control de enfermedades.
En la actualidad los SANDACH constituyen un riesgo potencial para la salud pública, la salud animal y el medio ambiente por este motivo es un riesgo que debe controlarse de forma adecuada a través de la canalización de los SANDACH hacia medios de eliminación seguros o utilizándolos para fines diversos con la condición de que se lleven a cabo procesos que reduzcan a niveles mínimos los riesgos sanitarios.

A finales de los años 90 y principios del 2000, justo después de las crisis alimentarias y de sanidad animal que ocurrieron, el Parlamento y el Consejo Europeo aprobaron el Reglamento CE 1774/2002 por el que se establecían las normas sanitarias aplicables a los SANDACH, esta aprobación se incluyo en el marco del Libro Blanco de Seguridad Alimentaria.

El Reglamento CE 1774/2002 contenía una serie de normas muy restrictivas por este motivo durante su elaboración se solicito a la Comisión, la redacción de un informe que detallara los problemas detectados para la aplicación de la normativa en los diferentes Estados Miembros. Dicho informe fue elaborado y se presento a finales del 2005, en el mismo se dejaba constancia de la necesidad de modificar profundamente el Reglamento siendo corroborada esta cuestión por las misiones de la FVO (Oficina Alimentaria y Veterinaria) a los Estados Miembros. Por este motivo en el año 2004, entro en vigor a nivel europeo, toda la nueva normativa en materia de seguridad alimentaria entrando en contradicción alguno de sus puntos con la normativa de subproductos, esto unido a los dictámenes científicos emitidos por la EFSA con posterioridad, relacionados con la evaluación de los riesgos de algunos subproductos y con los antecedentes comentados en párrafos anteriores provoco que la CE elaborara una normativa específica para el control de subproductos.

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Imagen|Jusben