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El pasado 7 de marzo, se publicó el Real Decreto-Ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que modifica la Ley Orgánica para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social, entre otras normas.

Entre los principales cambios que introduce, incluye la obligatoriedad de disponer de un Plan de Igualdad para las empresas de 50 o más trabajadores. El objetivo principal es conseguir eliminar la desigualdad, aún existente, entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

Además, se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, como parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependientes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas. Las empresas están obligadas a inscribir sus planes de igualdad en el citado registro.

Y ¿cómo se debe realizar el Plan de Igualdad?

El nuevo Real Decreto establece que los planes de igualdad contendrán un conjunto ordenado de medidas evaluables dirigidas a remover los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Previamente a la elaboración del Plan se debe realizar un diagnóstico, que consistirá en un estudio cuantitativo y cualitativo de la estructura organizativa de la empresa que permita conocer la situación sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la actualidad. El diagnóstico incluirá información sobre los elementos que pueden generar discriminaciones en la empresa (humanos, económicos, materiales, de organización, etc.), así como sobre los recursos de los que dispone para plantear el cambio.

El contenido del diagnóstico será, al menos, el siguiente:

  1. Proceso de selección y contratación.
  2. Clasificación profesional.
  3. Formación.
  4. Promoción profesional.
  5. Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
  6. Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
  7. Infrarrepresentación femenina.
  8. Retribuciones.
  9. Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

¿Qué beneficios puede aportar un Plan de igualdad a la empresa?

En la actualidad, contemplar la igualdad como un elemento estratégico y de calidad de una empresa le va a aportar un valor añadido y una serie de beneficios, como:

  • Aumento de la productividad, debido a que la igualdad de oportunidades y de salario genera buen ambiente de trabajo que conlleva una mayor productividad.
  • Mejora de la imagen de la empresa frente a los clientes, los trabajadores y la sociedad en general.
  • Reduce el absentismo laboral, puesto que se gestionan aspectos como la conciliación laboral, que ayudan a disminuir el estrés y las preocupaciones entre el personal de la empresa.
  • Mejora el clima laboral al reducir las diferencias entre compañeros y compañeras, reduciendo la conflictividad laboral.
  • Aporta ventajas competitivas en caso de querer optar a contratos con las administraciones públicas.

Si está obligado a implementar un Plan de Igualdad en su empresa y no sabe por dónde empezar, contacte con nosotros y le ayudaremos en todo el proceso.