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Cada vez recibimos más solicitudes de información sobre los Planes de Igualdad por este motivo hemos decidido dedicar nuestra entrada de hoy a este tema, con el objetivo de dar a conocer que son los Planes de Igualdad y poder subsanar alguna de las dudas más comunes que nos transmiten nuestros clientes o las empresas interesadas en su definición e implantación.

¿Qué son los Planes de Igualdad?

Según lo recogido en el artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, los Planes de Igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas tras la realización de un diagnóstico de situación en las empresas con objeto de que estas alcancen la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y de este modo poder eliminar la discriminación por razón de sexo.

¿Quiénes están obligados a elaborar e implantar un Plan de Igualdad?

En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres se establece que las organizaciones están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, y con este objetivo, deberán definir e implantar herramientas que permitan evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. Estas herramientas deberán de ser negociadas y acordadas con los Representantes Legales de los Trabajadores y Trabajadoras en la forma en la que se establece en la legislación laboral vigente.

Plan de Igualdad

Las empresas de más de 250 trabajadores están obligadas a que las herramientas que se indican en el párrafo anterior estén encaminadas a la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad que deberá negociarse conforme lo determinado en la legislación laboral vigente.

– Las empresas que tienen establecido en su convenio colectivo que deben elaborar y aplicar un Plan de Igualdad deberán elaborarlo y aplicarlo conforme los términos definidos en dicho convenio.

– El resto de empresas podrán elaborar e implantar un Plan de Igualdad de forma voluntaria siempre y cuando se realice una consulta previa al Representante Legal de los Trabajadores.

¿Está interesado en definir e implantar un Plan de Igualdad en su empresa? ¿Quiere que le demos más información sobre este tema? A que espera, contacte con nuestros consultores.

Imagen|Natureworks