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Con la modificación de la Directiva Europea 76/768/CEE el pasado 9 de marzo de 2009, es obligatorio para todos los fabricantes de productos cosméticos, el garantizar el cumplimiento de unos requisitos de buenas prácticas. Dicha obligatoriedad será aplicable a partir del 11 de julio de 2013.

Los fabricantes de productos cosméticos que se van a ver afectados por la obligatoriedad de garantizar el cumplimiento de los requisitos de buenas prácticas son aquellos que fabriquen cremas, emulsiones, lociones, geles, aceites para la piel, mascaras faciales, bases tintadas, polvos de maquillaje, polvos para después del baño, polvos higiénicas, perfumes, desodorantes, productos del cuidado del cabello, etc.

Con la aprobación y entrada en vigor del Reglamento del Parlamento Europeo (CE) 1223/2009, de 30 de noviembre de 2009, sobre productos cosméticos publicado en el Diario Oficial del 22 de diciembre de 2009 se derogo la Directiva 76/768/CEE.

Objetivos del Reglamento del Parlamento Europeo (CE) 1223/2009, de 30 de noviembre de 2009, sobre productos cosméticos:

–          Mayor seguridad jurídica ya que se ha corregido la inseguridad jurídica detectada al contar con 55 directivas diferentes de la misma materia y se ha conseguido poner remedio a las incoherencias observadas a través del establecimiento de un conjunto de definiciones y medidas de desarrollos con el fin de evitar diferencias en la transposición nacional ya que la Comisión Europea modifico la forma jurídica del acto pasando a ser Reglamento (aplicación directa) en lugar de Directiva.

–          Aumentar la seguridad del producto: En el nuevo Reglamento se recogen requisitos claros para evaluar la seguridad de los productos, en la anterior Directiva no se recogía dicha cuestión.

–          Reducir costes administrativos: El nuevo Reglamento reduce los trámites, clarifica los requisitos mínimos de seguridad a cumplir y simplifica los requisitos de notificación facilitando el comercio transfronterizo con la aplicación uniforme en la UE logrando reducir costes, beneficiar al consumidor y garantizar la seguridad del producto.

¿Es fabricante de cosméticos y quiere estar seguro de que cumple con el Reglamento del Parlamento Europeo (CE) 1223/2009, de 30 de noviembre de 2009, sobre productos cosméticos? Nuestros consultores, le asesoraran para evitar que incumpla con la nueva normativa comunitaria.

Imagen|Ronnieb